🏥 Enfermedades causadas por el trabajo

¿Te duele la columna, el hombro o los oídos por el trabajo?
Eso también tiene indemnización.

Si te enfermaste por las condiciones en que trabajás (esfuerzo, ruido, postura, productos químicos), la ART tiene que cubrirte. Consultanos gratis.

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Años experiencia

Estas enfermedades del trabajo tienen indemnización

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Hernia de disco / Columna

Lumbalgias, hernias por carga de peso, trabajo físico intenso o malas posturas prolongadas.

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Hipoacusia laboral

Pérdida de audición causada por exposición a ruido industrial en la fábrica, obra o maquinaria.

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Tendinitis y lesiones articulares

Tendinitis de hombro, codo de tenista, lesiones por movimientos repetitivos en el trabajo.

🫁

Enfermedades respiratorias

Silicosis, asma ocupacional, enfermedades por inhalación de polvo, gases o sustancias químicas.

¿Tu enfermedad no aparece acá? Igual consultanos. Muchas enfermedades pueden reconocerse como profesionales aunque no estén en la lista.

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Dudas sobre enfermedades profesionales

La ART cubre las enfermedades incluidas en el Listado del Poder Ejecutivo: hernias de disco, lumbalgias por esfuerzo repetitivo, hipoacusia por ruido, tendinitis, bursitis, enfermedades respiratorias por inhalación, entre otras. Consultanos para evaluar tu caso específico.
Podés solicitar que se declare como enfermedad profesional aunque no figure en el listado. Si existe una relación directa entre tu enfermedad y las condiciones de trabajo, es posible obtener cobertura. Este tipo de casos requieren un abogado con experiencia.
El plazo es de 2 años desde que conociste el diagnóstico o desde que supiste que la enfermedad está relacionada con tu trabajo. No lo dejes pasar: consultanos para verificar si estás en tiempo.
Para las enfermedades del listado oficial, la relación con el trabajo se presume si las condiciones laborales son las que corresponden. Para enfermedades fuera del listado, hay que acreditar la relación causal. Nosotros manejamos esa parte del caso.

¿Tu cuerpo pagó el precio de tu trabajo?

Merecés una compensación. La consulta es gratuita y sin compromiso.

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